Asistencia en Carreteras y Viajes

Los servicios de Asistencia en la Carretera son provistos por American Assist, Inc.; su dirección es PMB 520, Rd.19, Guaynabo, PR 00966

  1. El servicio está disponible para un (1) vehículo exclusivamente de uso privado. En ningún caso podrán ser vehículo destinado al transporte público de mercancías o personas; vehículos de uso comercial, de alquiler; salvo en los casos de arrendamiento o leasing que no tengan un peso superior a 3,500 kilogramos (3.5 toneladas en peso); de modelo de antigüedad superior a quince años.
  2. El programa entrará en vigor a las setenta y dos horas (72) de haber sido suscrito; desde ese momento de vigencia el CLIENTE podrá utilizar los servicios de asistencia que se describen a continuación, los cuales se prestaran en el territorio de Puerto Rico.
  3. El programa cubre los siguientes servicios LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA EN PUERTO RICO:

A) ENVÍO Y PAGO DE REMOLQUE EN GRÚA:

En caso de accidente automovilístico o avería que no permita la circulación del vehículo , AAI gestionará y cubrirá el costo de los servicios de remolque en grúa hasta el taller mecánico o el lugar indicado por el CLIENTE, con un límite máximo de:

      • Por Accidente: $150.00 por evento sin límite de eventos por año.
      • Por Avería: $150.00 por evento sin límite de eventos por año

B) ASISTENCIA VIAL (CAMBIO DE GOMA, SUMINISTRO DE GASOLINA Y CARGA DE BATERIA):

Este servicio se prestara en situaciones de EMERGENCIA siempre y cuando el CLIENTE se encuentre en carretera para cambio de goma por el repuesto cuando esta se vacía o se explota, falta de combustible (hasta 2 dos galones) y ante la comprobada ausencia de combustible, o necesidad de carga de batería del vehículo afiliado del CLIENTE, AAI gestionará y cubrirá el costo del envío de una persona que se encargue de solucionar el inconveniente respectivo, de tal forma que el vehículo en relación con el cual se solicita el servicio pueda movilizarse por sus propios medios con un límite máximo de:

      • $100.00 POR EVENTO, SIN LIMITE DE EVENTOS POR AÑO

C) ENVIO Y PAGO DE CERRAJERO POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE LAS LLAVES DEL AUTOMÓVIL:

En caso de que el CLIENTE pierda o extravíe las llaves del vehículo afiliado, AAI coordinará el envío de un cerrajero para realizar la apertura del vehículo y permitir el acceso al mismo. Este servicio se prestará hasta el siguiente límite:
$100.00 POR EVENTO Y SIN LÍMITE DE EVENTOS POR AÑO.

D) REFERENCIAS DE TALLERES MECÁNICOS:

A solicitud del CLIENTE, AAI le proporcionará información actualizada sobre los talleres de servicio automotriz cercanos al lugar del accidente automovilístico o avería.

4. Otros servicios en viaje por Puerto Rico a partir de 30 millas de su lugar de residencia habitual:

    • Hotel por avería total del automóvil – En caso de falla mecánica que impida la circulación y cuya reparación sea igual o mayor a dos días del vehículo afiliado. $120.00 por evento sin límite de eventos por año.
    • Auto rentado por robo total del automóvil – En caso de robo total del vehículo del cliente, siempre y cuando se presente copia de la denuncia de robo ante las autoridades correspondientes. $120.00 por evento sin límite de eventos por año.
    • Traslado a su domicilio por enfermedad – En caso de que el titular cliente sufriera durante el viaje alguna enfermedad que le impida físicamente regresar a su domicilio. Sin límite de costo y sin límite de eventos por año.
    • Gastos de transporte para la recuperación del vehículo en Puerto Rico – En caso de que el titular cliente sufriera un robo de vehículo durante el viaje y fuera localizado posteriormente. Sin límite de costo y sin límite de eventos por año.
    • Ayuda para regreso o continuación de viaje en puerto rico – En caso de avería o robo de uno de los vehículos afiliados. $120.00 por evento y sin límite de eventos por año.
    • Transmisión de mensajes – Transmisión a petición del beneficiario los mensajes urgentes que le soliciten derivados de una situación de emergencia. Sin límite de eventos por año.
    • Referencias y coordinación de restaurantes, centros culturales, cines, teatros y museos en Puerto Rico.

5. Obligaciones del cliente:

Con el fin de que el CLIENTE pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

    • Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con AAI.
    • Identificarse como CLIENTE ante los funcionarios de AAI o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en el presente documento.
    • Ser el CLIENTE activo de los servicios prestados por el AGENTE y permanecer al día en los pagos asociados a tal servicio.

Asistencia en el Hogar

Los servicios de Asistencia en la Carretera son provistos por American Assist, Inc.; su dirección es PMB 520, Rd.19, Guaynabo, PR 00966

  1. El servicio estará disponible para situaciones de “emergencia” en las cuales serán prestados profesionales calificados, cuando la “vivienda afiliada” presente dificultades como consecuencia de un evento fortuito.
  2. El programa entrará en vigor a las setenta y dos horas (72) de haber sido suscrito; desde ese momento de vigencia el CLIENTE podrá utilizar los servicios de asistencia que se describen a continuación, los cuales se prestaran en el territorio de Puerto Rico.
  3. El programa cubre los siguientes servicios LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA EN PUERTO RICO:

A)SERVICIOS DE CERRAJERÍA:

Cuando a consecuencia de cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa que impida la apertura del inmueble del TENEDOR DEL CONTRATO o bien que ponga en riesgo la seguridad de la misma, y a solicitud del TENEDOR DEL CONTRATO se enviará a la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el acceso al inmueble y el correcto cierre de la puerta de la vivienda Afiliada. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite:

      • $ 350.00 POR EVENTO MAXIMO CUATRO EVENTOS, POR AÑO

B)SERVICIOS DE PLOMERIA:

Cuando a consecuencia de una avería súbita (de repente) en las instalaciones fijas de abastecimiento y/o sanitarias propias del inmueble del TENEDOR DEL CONTRATO, se presente alguna rotura o fuga de agua o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a la brevedad posible un técnico especializado, que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el servicio. Estos servicios cubren el destape de tuberías, desagües u otras instalaciones fijas propias de la vivienda, visibles o no visibles, siempre que se encuentren en el interior de la misma incluyendo su prolongación hasta la salida del solar o predio residencial. En este caso, los costos de traslado del técnico especializado, materiales y mano de obra que se requieran para realizar la reparación del destape de la tubería, serán por cuenta del proveedor de servicios. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite:

      • $ 350.00 POR EVENTO MAXIMO CUATRO EVENTOS, POR AÑO.

C)SERVICIOS DE ELECTRICIDAD:

Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias en el interior del inmueble del TENEDOR DEL CONTRATO (casa, apartamento de uso habitacional), que corresponda al domicilio permanente del TENEDOR DEL CONTRATO, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial (corto circuito) se enviará a la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. Además, reparación o cambio de tableros eléctricos, totalizadores de cuchillas, interruptores, breakers, o fusibles dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica del inmueble domicilio del TENEDOR DEL CONTRATO. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite:

    • $ 350.00 POR EVENTO MAXIMO CUATRO EVENTOS, POR AÑO.

D)SERVICIOS DE CRISTALERIA:

Cuando a consecuencia de un hecho súbito (de repente) e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los cristales o puertas de las ventanas que formen parte de las fachadas exteriores del inmueble de uso habitacional del TENEDOR DEL CONTRATO que den hacia la calle y que pongan en riesgo la seguridad de la misma, sus ocupantes, o de terceros, se enviará a la mayor brevedad posible un técnico que realizará la asistencia de emergencia. El presente servicio se prestará hasta el siguiente límite:

    • $ 350.00 POR EVENTO MAXIMO CUATRO EVENTOS, POR AÑO

E)SERVICIOS DE CONEXIÓN TÉCNICOS EN EL HOGAR:

Cuando el TENEDOR DEL CONTRATO requiera de servicios de conexión en el hogar, AAHS a solicitud del TENEDOR DEL CONTRATO podrá enviar un profesional a que le atienda estos servicios, el costo de estos servicios correrá por cuenta del TENEDOR DEL CONTRATO. Los servicios por conexión serán: plomería, carpintería, ebanistería y lavado de tanques.

4. Obligaciones del cliente:

Con el fin de que el TENEDOR DEL CONTRATO pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con AAHS.
  • El TENEDOR DEL CONTRATO está obligado a informar el cambio de residencia e informarlo al personal de AAHS en un plazo prudencial en o antes de 10 días después de haberse cambiado de domicilio, para que los servicios sean aplicables a la nueva vivienda si es el caso. Una vez que se haya realizado dicho aviso a AAHS se entenderá por cancelado el contrato de la vivienda anterior y entrará en vigor la cubierta a la nueva residencia.
  • Identificarse como TENEDOR DEL CONTRATO ante los funcionarios de AAHS o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en el presente documento.